
lobos abatidos por cazadores furtivos
2009-11-20
Varapalo a la Junta por convertir el lobo en especie cinegética en toda la comunidad pese a estar protegida - El Tribunal Superior da la razón en parte a Ecologistas en Acción
La sentencia supone un nuevo varapalo a la política ambiental de la comunidad autónoma, ya que el mismo tribunal ya anuló la estación de esquí de San Glorio en un espacio con osos protegido entre Palencia y León o la urbanización de Las Navas del Marques (Ávila) en un pinar protegido con cigüeñas negras y por la que fueron imputados decenas de cargos y técnicos que participaron en la aprobación del proyecto.
La sentencia considera que se puede concluir 'sin especial dificultad' que 'el Plan de Conservación y de Gestión del lobo en Castilla y león no se atiene' a la Ley de Patrimonio Natural, de 2007, ni a la directiva de Hábitats de la UE, de 1992, en lo relativo a 'las especies que requieren una 'protección estricta', como es en el caso el lobo situado al sur del Duero'. El tribunal recuerda que 'sólo los que están al norte podrán en su caso ser objeto' de caza.
La normativa europea permite cazar estos animales de forma excepcional y controlada si hay daños al ganado o a otras especies. En los últimos años, los ataques de lobos al ganado han crecido con la expansión de la especie, especialmente en Ávila y Segovia. La Junta aporbó con el decreto la caza pero lo hizo autorizándola en toda la comunidad. La sentencia prosigue con su crítica a la norma: 'El Decreto realiza una clasificación por zonas en función del grado de aprovechamiento que el mismo permite, que se distribuyen por todo el mapa de la Comunidad de Castilla y León sin atenerse a la circunstancia de estar al norte o al sur del río Duero. Y lo que es más grave todavía, el artículo 19 establece que 'en aquellas comarcas donde la situación demográfica de la especie permita su aprovechamiento cinegético', por lo tanto en todas ellas sin necesidad de atender a esa circunstancia de la ubicación, el mismo 'podrá ejercerse durante la época hábil establecida en las órdenes anuales de caza'; lo que supone a fin de cuentas que está convirtiendo al lobo en especie cazable en todo el territorio de la comunidad autónoma, con independencia del lado del río Duero en que se encuentre'.
El fallo recuerda que el Consejo Consultivo de Castilla y León ya advirtió de que la normativa tenía que tener en cuenta la legislación europea y nacional.
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